Nueva tasa turística en Cataluña 2026: todo lo que necesitas saber

INDICE:

El PMS que crece contigo.

El 25 de febrero de 2026, el Parlament de Catalunya aprobó la nueva ley que modifica el Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos (IEET), conocido popularmente como tasa turística. Los cambios entran en vigor el 1 de abril de 2026 y suponen la mayor revisión del tributo desde su implantación en 2012. Si gestionas apartamentos turísticos o alojamientos vacacionales en Cataluña, esta guía te explica exactamente cuánto sube, cuándo y cómo aplicarlo correctamente.

1. ¿Qué es la tasa turística en Cataluña?

La tasa turística en Cataluña —formalmente denominada Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos (IEET)— grava cada pernoctación realizada en cualquier tipo de alojamiento turístico de la comunidad autónoma. La recauda el titular del establecimiento, que la liquida semestralmente ante la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC).

El impuesto se aplica por persona y por noche, y varía según la categoría del alojamiento y su ubicación (Barcelona ciudad o el resto de Cataluña). Además de la tarifa autonómica, el Ayuntamiento de Barcelona aplica un recargo municipal adicional que no existe —de momento— en otros municipios, aunque la nueva ley ya lo habilita para todos los ayuntamientos catalanes.

2. Novedades de la tasa turística en Cataluña para 2026

Estas son las principales novedades aprobadas por el Parlament el 25 de febrero de 2026:

  • Fecha de entrada en vigor: 1 de abril de 2026.
  • En Barcelona, la tarifa autonómica se duplica de forma inmediata en la práctica totalidad de categorías.
  • En el resto de Cataluña (Costa Brava, Costa Daurada, Pirineos…), el incremento es progresivo: +50 % desde abril de 2026 y +100 % a partir de abril de 2027.
  • El recargo municipal de Barcelona sube de 4 € a 5 € en abril de 2026, con incrementos anuales de 1 € hasta alcanzar un máximo de 8 € en 2029.
  • Los demás municipios catalanes podrán aplicar su propio recargo de hasta 4 €, con flexibilidad por código postal y temporada turística.
  • El 25 % de lo recaudado se destinará a políticas de vivienda y el 75 % restante al Fondo para el Fomento del Turismo.
  • Se espera pasar de 100 a 200 millones de euros recaudados anualmente.

3. Nuevas tarifas en Barcelona desde el 1 de abril de 2026

En Barcelona se aplican dos importes: la tarifa autonómica (IEET) fijada por la Generalitat y el recargo municipal del Ayuntamiento. Puedes consultar más detalle en nuestra guía sobre la tasa turística de Barcelona.

Tipo de alojamientoHasta mar 2026Desde abr 2026Recargo BCN 2026TOTAL / noche
Hotel 5 estrellas3,50 €7,00 €5,00 €12,00 €
Hotel 4 estrellas1,70 €3,40 €5,00 €8,40 €
Hotel 3 estrellas y similares1,10 €2,20 €5,00 €7,20 €
Hotel 1-2 estrellas y pensiones0,90 €1,80 €5,00 €6,80 €
Vivienda de uso turístico (VUT)2,25 €4,50 €5,00 €9,50 €
Albergue / otros alojamientos1,00 €2,00 €5,00 €7,00 €
Crucero (escala <12h en puerto)3,00 €6,00 €5,00 €11,00 €

Fuente: Parlament de Catalunya (ley aprobada el 25/02/2026). Tarifas en euros por persona/noche. No incluye IVA.

     3.1. Evolución del recargo municipal de Barcelona hasta 2029

El recargo municipal se incrementará 1 € cada año hasta alcanzar el máximo de 8 € en 2029:

PeríodoRecargo municipal Barcelona
Hasta marzo 20264,00 € / persona / noche
Abril 20265,00 € / persona / noche
Enero 20276,00 € / persona / noche
Enero 20287,00 € / persona / noche
Enero 2029 (máximo)8,00 € / persona / noche

El recargo municipal se acumula siempre a la tarifa autonómica (IEET).

     3.2. Ejemplo práctico: agencia que gestiona apartamentos en Barcelona

Imagina una agencia que gestiona 20 apartamentos turísticos (VUT) en Barcelona. A partir de abril de 2026, cada huésped pagará 4,50 € de tarifa autonómica + 5,00 € de recargo municipal = 9,50 € por persona/noche. En una reserva típica de 2 personas durante 5 noches, el importe total a liquidar ante la ATC será de 95 €. Multiplicado por el volumen de reservas de temporada, el impacto sobre la gestión administrativa y la comunicación con el huésped es significativo.

Tasa Turística Barcelona

4. Nuevas tarifas en el resto de Cataluña (Costa Brava, Costa Daurada, Pirineos…)

Para los municipios fuera de Barcelona —incluidos los destinos de Costa Brava, Costa Daurada, Pirineos y Costa del Maresme— la subida es escalonada. El 50 % entra en vigor en abril de 2026; el 100 % definitivo, en abril de 2027.

Tipo de alojamientoHasta mar 2026Abr 2026 – Mar 2027Desde abr 2027
Hotel 5 estrellas3,00 €4,50 €6,00 €
Hotel 4 estrellas1,10 €1,65 €2,20 €
Hotel 3 estrellas y similares0,90 €1,35 €1,80 €
Hotel 1-2 estrellas y pensiones0,70 €1,05 €1,40 €
Vivienda de uso turístico (VUT)1,10 €1,65 €2,20 €
Albergue / otros alojamientos0,60 €1,00 €1,00 €

Tarifas de la parte autonómica (IEET) por persona/noche. Los municipios pueden añadir un recargo de hasta 4 € adicionales.

     4.1. ¿Hay normativa específica para la Costa Brava?

No. La Costa Brava no tiene una normativa propia: se rige por las tarifas generales del IEET para el resto de Cataluña, recogidas en la tabla anterior. La novedad es que cada ayuntamiento de la zona (Cadaqués, Roses, Lloret de Mar, Begur, etc.) podrá decidir si aplica o no un recargo municipal de hasta 4 €, y con qué criterios de temporada y localización. A fecha de publicación de este artículo, ningún municipio de la Costa Brava ha anunciado aún la aplicación de este recargo.

     4.2. Ejemplo práctico: agencia con apartamentos en la Costa Brava

Una agencia que gestiona 30 apartamentos en Lloret de Mar o Roses pagará, a partir de abril de 2026, 1,65 € por persona/noche de tarifa autonómica para las VUT (frente al 1,10 € actual). En una reserva de 4 personas durante 7 noches, eso supone 46,20 € por reserva. Si el ayuntamiento decide aplicar además el recargo municipal máximo de 4 €, el total podría llegar a 5,65 € por persona/noche. Desde abril de 2027, la tarifa autonómica subirá a 2,20 €, lo que hace imprescindible tener el PMS actualizado antes de cada cambio.

5. ¿Quién debe pagar la tasa turística en Cataluña?

Están obligadas a pagar el impuesto todas las personas mayores de 16 años que pernocten en un establecimiento turístico ubicado en Cataluña. Los titulares de los establecimientos actúan como recaudadores: cobran el importe al huésped y lo liquidan semestralmente ante la ATC.

Están exentos, entre otros: los menores de 16 años, las personas desplazadas por causas de fuerza mayor y los pacientes en centros sanitarios.

6. Cómo aplicar la tasa turística correctamente en tu alojamiento

Si gestionas apartamentos turísticos o alojamientos vacacionales en Cataluña, estos son los puntos clave para cumplir con la normativa a partir del 1 de abril de 2026:

  • Actualiza tu software de gestión con las nuevas tarifas antes del 1 de abril. Si gestionas propiedades tanto en Barcelona como en otros municipios, recuerda que los importes son distintos.
  • En las facturas, el importe de la tasa debe aparecer desglosado del precio del alojamiento, indicando el número de estancias y el tipo de gravamen aplicado.
  • Para reservas anticipadas: aplica la tarifa vigente en el momento del pago si el huésped abona el importe de la tasa en ese instante.
  • Liquidación semestral ante la ATC: plazo hasta el 20 de enero (segundo semestre del año anterior) y hasta el 20 de julio (primer semestre del año en curso).
  • Informa a los huéspedes antes del check-in para evitar reclamaciones. Los portales de reservas deben reflejar el importe correcto desde el primer momento.

7. Automatiza la gestión de la tasa turística con un PMS

Gestionar manualmente el cálculo y la liquidación de la tasa turística puede generar errores, especialmente cuando hay subidas progresivas en varias fechas y tarifas distintas según la ubicación de cada propiedad. Un software PMS para alquiler vacacional te permite automatizar el cobro del impuesto por reserva, aplicar la tarifa correcta según el municipio, generar los informes para la liquidación ante la ATC y mantener siempre los importes actualizados sin intervención manual.

Si quieres ver qué plan se adapta mejor a tu negocio, puedes consultar los precios de Net2Rent o bien solicitar información personalizada para que el equipo te asesore según el volumen y tipo de alojamientos que gestionas.

8. Reacción del sector turístico

La aprobación del incremento no ha sido bien recibida por las principales patronales. El presidente del Gremi d’Hotels de Barcelona, Jordi Clos, advirtió del posible impacto sobre la actividad y los segmentos más estratégicos del destino. La Asociación Turística de Apartamentos (ATA) en las comarcas gerundenses —que agrupan buena parte de los alojamientos de la Costa Brava— denunció que los incrementos son muy fuertes y que no es seguro que el sector pueda afrontarlos.

Los partidos que apoyaron la medida (PSC, ERC y Comuns) argumentaron que el turismo genera impactos negativos sobre el acceso a la vivienda y los servicios públicos, y que quien los usa de forma intensiva debe contribuir a su sostenimiento.

9. Preguntas frecuentes

     9.1. ¿Cuándo entra en vigor la nueva tasa turística en Cataluña?

El 1 de abril de 2026, tanto en Barcelona como en el resto de Cataluña, aunque con importes distintos.

     9.2. ¿Los municipios de la Costa Brava tienen recargo propio?

La nueva ley les habilita a aplicar un recargo municipal de hasta 4 €, pero cada ayuntamiento debe aprobarlo por su cuenta. A fecha de publicación, ningún municipio de la Costa Brava ha anunciado la implantación de este recargo.

     9.3. ¿Los albergues juveniles de Barcelona también suben?

No. Los albergues de juventud de Barcelona mantienen la tarifa autonómica en 1 € por pernoctación. En el resto de Cataluña, suben 0,40 € hasta alcanzar también 1 € por noche.

     9.4. ¿Puedo aplicar la tarifa anterior si la reserva ya estaba hecha?

Sí, siempre que la reserva anticipada haya incluido el cobro del importe de la tasa en el momento de realizarla. En ese caso, se aplica la tarifa vigente en la fecha del pago, no la del check-in.

     9.5. ¿Cómo afecta la nueva tasa a las viviendas de uso turístico (VUT) en Barcelona?

Las VUT en Barcelona pasan de 2,25 € a 4,50 € de tarifa autonómica, a lo que se suma el recargo municipal de 5 € desde abril de 2026: total 9,50 € por persona/noche. En el resto de Cataluña, la VUT sube de 1,10 € a 1,65 € en abril de 2026 y a 2,20 € en abril de 2027.

     9.6. ¿Qué pasa con los cruceros?

Los pasajeros de crucero que realicen una escala inferior a 12 horas en el puerto de Barcelona pagarán 6 € de tarifa autonómica más el recargo municipal correspondiente.

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