Modelo 950: qué es, cómo presentarlo y plazos para alojamientos en Cataluña

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Si gestionas alojamientos turísticos en Cataluña, ya sabes que cobrar la tasa turística a tus huéspedes es obligatorio. Pero cobrarla es solo la mitad del trabajo — el otro paso es ingresarla a la Generalitat a través del modelo 950. En esta guía te explicamos qué es, cuándo se presenta, cómo hacerlo paso a paso y qué debes tener en cuenta si gestionas varias propiedades.

💡 ¿Buscas información sobre la tasa turística en Cataluña? Lee primero nuestra guía completa sobre la tasa turística en Cataluña y la tasa turística de Barcelona para entender cuánto se cobra y a quién. El modelo 950 es el formulario para liquidarla.

1. ¿Qué es el modelo 950?

El modelo 950 es el formulario oficial para presentar la autoliquidación del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos (IEET) — lo que popularmente se conoce como la tasa turística de Cataluña.

Este impuesto existe desde 2012 y obliga a todos los alojamientos turísticos de Cataluña a cobrar una cantidad adicional a sus huéspedes por cada noche de estancia. El titular del alojamiento — propietario o agencia — actúa como recaudador: cobra el importe al huésped y después lo ingresa a la Generalitat a través del modelo 950.

Los tipos de alojamiento que deben presentarlo son:

  • Establecimientos hoteleros
  • Apartamentos turísticos
  • Campings
  • Establecimientos de turismo rural
  • Viviendas de uso turístico (VUT / HUT)
  • Albergues de juventud
  • Áreas de pernoctación para albergues móviles

⚠️ Importante: no hay que presentar el modelo 950 cuando no resulte ninguna cantidad a ingresar — por ejemplo, si todas las estancias del periodo estaban exentas. Sí es obligatorio conservar la documentación que acredite esas exenciones.

2. Diferencia entre el modelo 950, el 920 y el 940

Los tres modelos sirven para liquidar la tasa turística de Cataluña, pero se usan en situaciones distintas:

ModeloPara quiénPeriodicidad
950Caso general — todos los alojamientos turísticosTrimestral
920Autoliquidación agregada — para quien gestiona varios alojamientosAnual
940Exclusivamente para embarcaciones de crucero turísticoTrimestral

💡 Para agencias con varias propiedades: si gestionas más de un alojamiento, el modelo 920 (autoliquidación agregada) te permite declarar todas las propiedades en un único trámite anual en lugar de hacerlo trimestralmente para cada una. Es la opción más eficiente para carteras grandes.

3. Tarifas de la tasa turística en Cataluña

El importe que se cobra al huésped — y que después se liquida a través del modelo 950 — varía según el tipo de alojamiento y su ubicación:

Tipo de alojamientoBarcelona ciudadResto de Cataluña
Hotel 5 estrellas y gran lujo2,25 €/noche2,25 €/noche
Hotel 4 estrellas y 4 superior1,10 €/noche0,90 €/noche
Resto de establecimientos (apartamentos, VUT, rurales…)0,65 €/noche0,45 €/noche

4. Plazos de presentación del modelo 950

El modelo 950 se presenta trimestralmente. Hay cuatro periodos al año, cada uno de 20 días:

ABR
1 al 20 de abril
Estancias del primer trimestre (enero, febrero, marzo)
JUL
1 al 20 de julio
Estancias del segundo trimestre (abril, mayo, junio)
OCT
1 al 20 de octubre
Estancias del tercer trimestre (julio, agosto, septiembre)
ENE
1 al 20 de enero
Estancias del cuarto trimestre (octubre, noviembre, diciembre del año anterior)

⚠️ Si usas el modelo 920 (autoliquidación agregada), solo presentas una vez al año — en el mes de enero — para declarar todas las estancias del ejercicio anterior. Es la opción recomendada si gestionas varias propiedades.

5. Cómo presentar el modelo 950 paso a paso

Desde 2017, el modelo 950 se presenta exclusivamente de forma telemática a través del portal de la Agència Tributària de Catalunya (ATC). Ya no es posible hacerlo en papel ni en entidades bancarias.

Antes de empezar necesitas tener a mano:

  • Tu identificación digital (certificado digital o DNI electrónico)
  • El número de registro del alojamiento en el Registro de Turismo de Cataluña (NIRTC) — es obligatorio para poder presentar la declaración
  • El número de estancias del trimestre, diferenciando entre sujetas y exentas
1
Accede al trámite
Ve al portal de la ATC y accede con tu identificación digital. Desde ahí puedes gestionar todos los modelos relacionados con la tasa turística.
2
Rellena los datos del establecimiento
En la pestaña «Establecimientos» da de alta la propiedad con su número de registro. Si ya lo hiciste en trimestres anteriores, el sistema recupera la información — solo tienes que verificar que sigue siendo correcta.
3
Introduce las estancias
En la pestaña «Estancias» selecciona el ejercicio y trimestre e introduce el número de estancias sujetas y exentas. El sistema calcula automáticamente la cuota tributaria.
4
Presenta y paga
Desde la pestaña «Autoliquidaciones» puedes presentar y pagar en un solo paso. Opciones disponibles: tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta o pago presencial en entidad bancaria colaboradora.
5
Guarda el justificante
Una vez completado el trámite recibirás un PDF con el justificante de la autoliquidación. Consérvalo — puede ser requerido en caso de inspección.

💡 Si detectas un error después de presentar: puedes presentar una autoliquidación complementaria desde la pestaña «Autoliquidaciones». Si el error genera una cantidad a devolver, el trámite es diferente: hay que solicitar la devolución de ingresos indebidos directamente a la ATC.

6. Para agencias con varias propiedades: el modelo 920 es la solución

Si gestionas una cartera de propiedades en Cataluña, presentar el modelo 950 trimestralmente para cada una de ellas puede convertirse en un proceso muy costoso en tiempo. La alternativa es el modelo 920 — la autoliquidación agregada — que permite declarar todas las propiedades en un único trámite anual.

El modelo 920 solo puede presentarse a través del Programa de Ayuda de la ATC — disponible para Windows y macOS — y es obligatorio usarlo cuando se gestionan varios establecimientos. No es una opción, es un requisito.

El proceso es prácticamente igual al del 950, pero agrupando todas las propiedades y sus estancias en una sola declaración anual en enero.

⚠️ Atención: para poder presentar el modelo 950 o el 920, cada propiedad debe tener su número de registro en el Registro de Turismo de Cataluña (NIRTC). Sin ese número no es posible completar la declaración.

7. Cómo tener los datos siempre listos para el modelo 950

El principal reto del modelo 950 para agencias grandes no es el trámite en sí — es tener los datos bien organizados cuando llega el plazo de presentación: cuántas estancias ha tenido cada propiedad, cuáles estaban exentas, cuánto se ha recaudado por tasa turística en cada canal.

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8. Preguntas frecuentes sobre el modelo 950

¿El modelo 950 es solo para Cataluña?
Sí. El modelo 950 es el formulario específico para liquidar el Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos (IEET) de la Generalitat de Cataluña. Otras comunidades autónomas tienen sus propios impuestos y formularios si aplican tasa turística.

¿Tengo que presentar el modelo 950 si no he tenido huéspedes ese trimestre?
No. Si no resulta ninguna cantidad a ingresar no es obligatorio presentarlo. Sí debes conservar la documentación que acredite que no hubo estancias sujetas durante ese periodo.

¿Qué pasa si presento el modelo 950 fuera de plazo?
Presentarlo fuera del plazo establecido puede conllevar recargos e intereses de demora. El recargo varía según el tiempo transcurrido desde el vencimiento del plazo.

¿Qué diferencia hay entre el modelo 950 y el 920?
El 950 es trimestral y se usa para declarar propiedad a propiedad. El 920 es la autoliquidación agregada — se presenta una vez al año en enero y permite declarar varias propiedades en un único trámite. Para agencias con muchas propiedades el 920 es la opción más eficiente.


¿Quieres entender mejor la tasa turística en Cataluña? Lee nuestra guía completa sobre la tasa turística en Cataluña y la tasa turística de Barcelona para saber cuánto se cobra y cómo gestionarla con tus huéspedes.

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